Ordenanzas y Normativas para toldos en El Campello
📌 1. Ordenanza Fiscal sobre Ocupación de Terrenos de Uso Público
👉 Existe una Ordenanza Fiscal número 21 reguladora de la tasa por ocupación temporal de terrenos de uso público con mesas, sillas, toldos, tribunas y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
Qué regula esta ordenanza
- Establece que ocupar la vía pública con toldos, mesas, sillas o elementos similares con finalidad lucrativa requiere una autorización municipal.
- Se trata de una tasa municipal, es decir, implica el pago de una cuota por el uso del espacio público.
- Incluye tanto mesas y sillas como toldos y otros elementos incorporados por negocios o actividades en espacios públicos.
📄 Documento oficial (PDF de la ordenanza completa): disponible en la sede del Ayuntamiento (Enlace: webmesas.pdf), donde se describen los artículos, tasas aplicables y procedimientos administrativos.
📌 2. Ordenanza Fiscal sobre Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de la Vía Pública
👉 También existe la Ordenanza Fiscal número 12 que regula la utilización privativa o el aprovechamiento especial de la vía pública o espacios demaniales, incluyendo toldos, voladizos o marquesinas.
Puntos clave
- Se considera sujeto a regulación cualquier ocupación de vía pública con estructuras como toldos o voladizos que implique uso privativo del espacio.
- Puede incluir, además de toldos, trabajos de obra, andamios u otros elementos que afecten la vía pública.
- Para poder instarlo legalmente se suele exigir una concesión o autorización administrativa previa del Ayuntamiento.
📄 Aquí también puedes encontrar el texto oficial de la ordenanza en formato PDF disponible en la sede electrónica del consistorio.
📌 3. Ordenanza de Convivencia Ciudadana (sanciones por uso no autorizado del espacio público)
👉 El Ayuntamiento aprobó recientemente una ordenanza de convivencia ciudadana y uso de espacios públicos que se aplica a todo lo que afecta a espacios abiertos y que recoge sanciones por ocupación no autorizada.
Aspectos importantes
- Está diseñada para regular comportamientos en el espacio público, incluyendo elementos que puedan estar colocados sin autorización.
- Por ejemplo, la ocupación de la vía pública sin permiso está considerada infracción y puede generar expedientes sancionadores.
- La ordenanza ya está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) tras su aprobación definitiva.
📌 4. Normativa urbanística y edificación
Además de las ordenanzas fiscales y de convivencia, El Campello está en proceso de actualizar su Ordenanza Municipal de Edificación y Ordenanzas urbanísticas, que incluyen requisitos para obras, modificaciones exteriores y usos del espacio en edificios o fachadas (aunque aún se está redactando).
Esto puede afectar, por ejemplo:
- Requisitos para instalaciones que alteren la fachada de un edificio.
- Licencias para obras menores.
- Compatibilidad urbanística de elementos fijos en exteriores (como toldos integrados).
📌 ¿Cómo consultar estas ordenanzas completas?
Los documentos oficiales están publicados en la web del Ayuntamiento de El Campello, en concreto en estos sitios:
📌 Ordenanza fiscal de
mesas, sillas y toldos (PDF) – webmesas.pdf
📌
Ordenanza fiscal de aprovechamiento de vía pública (PDF) – webaprovechamdemaniales.pdf
📌
Sede Electrónica – Trámites de Ocupación de vía pública (donde puedes
solicitar permisos)
Estos documentos contienen el articulado completo y todas las obligaciones, tasas y procedimientos administrativos para solicitar licencias o autorizaciones relacionadas con toldos y otros elementos que afecten al espacio público.
📝 Resumen práctico
📍 Si tu toldo no ocupa
espacio público ni tiene finalidad lucrativa, normalmente no requiere tasas
del Ayuntamiento, pero puede depender de la normativa urbanística del edificio
o comunidad de vecinos.
📍
Si el toldo se coloca para uso comercial y ocupa acera o vía pública, sí
requiere autorización municipal y suele estar sujeto al pago de una tasa según
la Ordenanza Fiscal vigente.
📍
La ordenanza de convivencia ciudadana refuerza la necesidad de contar
con permisos, ya que la ocupación sin ellos puede generar sanciones
administrativas.
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